En el Perú, no es muy común que las personas deshereden a sus descendientes pues desheredar a un hijo es una decisión muy difícil de tomar. Sin embargo, es una acción legal contemplada en el artículo 744° del Código Civil. Dicha norma se refiere a las causales de desheredación de descendientes. En este contexto, explicaremos que es un testamento, que es la deresheredación y cuales son las causales que permiten a un padre desheredar a un hijo.
El testamento en el Perú
De acuerdo con el artículo 686 del Código Civil por el testamento una persona puede disponer de sus bienes, total o parcialmente, para después de su muerte. Por consiguiente puede ordenar su propia sucesión dentro de los límites de la ley y con las formalidades que ésta señala. Ademas, son válidas las disposiciones de carácter no patrimonial contenidas en el testamento, aunque el acto se limite a ellas.
De esta manera, el testamento se trata de la declaración de última voluntad que hace una persona disponiendo de sus bienes y de asuntos que le conciernen, para después de su muerte.
¿Qué es la desheredación?
La desheredación es el acto jurídico por el cual el causante priva de la herencia a su heredero forzoso mediante expresa disposición testamentaria y fundado en alguna de las causales de desheredación predeterminadas en la norma. Es decir, se trata de la declaración personal, voluntaria y testamentaria de privar a un heredero forzoso de su derecho hereditario. Para tal fin, debe considerar los motivos establecidos por ley.
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Cuáles son los motivos para desheredar a un hijo
Al respecto, el artículo 744° del Código Civil dispone cuatro (4) motivos de desheredación hacia los descendientes:
1.Haber maltratado de obra o injuriado grave y reiteradamente al ascendiente o a su cónyuge, si éste es también ascendiente del ofensor.
Un hijo incurriría en esta causal si hubiera maltratado de manera física o haya insultado grave y reiteradamente a su padre o a la esposa de éste (y viceversa), siempre y cuando sea madre (o padre) del mismo.
2.Haberle negado sin motivo justificado los alimentos o haber abandonado al ascendiente encontrándose éste gravemente enfermo o sin poder valerse por sí mismo.
Esta causal se configura cuando el hijo o la hija ha negado, sin motivo justificado, los alimentos o abandonó al ascendiente encontrándose éste en graves condiciones de salud o sin poder valerse por sí mismo. El primer supuesto se produce cuando, por ejemplo, el hijo encontrándose económicamente estable, no cuida al padre que vive de la caridad de los vecinos. Luego, el segundo supuesto se configuraría cuando el hijo no atiende a su padre o madre cuando estos no puedan valerse por sí mismos, ya sea por una grave enfermedad (ejemplo: cáncer terminal), o por complicaciones de la edad, (ejemplo: Alzheimer).
3.Haberle privado de su libertad injustificadamente.
Esta tercera causal podría darse, por ejemplo, si es que el hijo encierra a su padre durante meses en un inmueble x. Cabe precisar que esta causal se configura cuando la privación es injustificada. Por otro lado, una privación justificada podría darse cuando el padre o madre pierde sus facultades y podría perderse, o ser víctima de la delincuencia, si sale solo a la calle.
4.Llevar el descendiente una vida deshonrosa o inmoral.
Esta última causal resulta bastante controvertida pues existen dos formas de entender la moral. Así, la primera se basa en atender a una moral pública,basada en qué considera como una actividad o conducta moral la sociedad en su conjunto. La segunda manera de entender la moralidad implica que los valores y principios de nuestra sociedad deben ir dirigidos a la garantía de los derechos humanos. Es decir una moralidad moderna. Ahora bien, para muchos especialistas en el tema, esta causal debe estar encaminada a la segunda manera de entender lo moral.
¿Cómo desheredar a un hijo?
Este procedimiento debe ser ejecutada por la persona que será el causante. Por tanto, la desheredación se hará solo y mediante un testamento, en el que debe estar expresada claramente la causal en la que ha incurrido el heredero.
Esto significa que nuestra legislación permite la desheredación de los hijos y demás herederos forzosos mediante un testamento, siempre y cuando esta sea motivada y cumpla con todas las formalidades.
Cabe mencionar que para el proceso de desheredación no es necesario que concurran todas las causales, solo basta de una.
Consecuencias legales de la desheredación
Sobre el particular, cuando es desheredado un hijo, sus descendientes, es decir los hijos de éste, pasan a ocupar su lugar.
Por otro lado, si el hijo desheredado no tuviera descendientes, la parte que le hubiera correspondido se distribuye entre los demás herederos, se trate de padres, ascendientes o cónyuge.
Finalmente, si al causante ya no le quedarán más herederos (forzosos o legales), el patrimonio termina en manos del Estado.
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En síntesis
La desheredación consiste en la privación de la legítima, ya que permite excluir al heredero forzoso de esta parte de la herencia por las causales previstas en la ley. Tales causales deberán ser expresadas claramente mediante un testamento para que el proceso de desheredación sea válido y surta efectos.
Así, la desheredación puede aplicarse cuando el hijo haya maltratado de obra o injuriado grave y reiteradamente a su progenitor. Asimismo, por haberle negado –sin motivo justificado– los alimentos o haber abandonado al ascendiente encontrándose este gravemente enfermo o sin poder valerse por sí mismo. Por último, otra causal es si el hijo priva de su libertad injustificadamente al padre o si lleva una vida deshonrosa o inmoral.
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