En el marco de la pandemia del coronavirus, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) emitió una guía para conocer los procedimientos y requisitos para importar donaciones. A continuación explicamos los detalles.
1.¿Donaciones del exterior pagan impuestos?
Es importante indicar que la importación de donaciones no paga impuestos. Asimismo, solo pueden ser perceptoras de donaciones las entidades del sector público, entidades religiosas y asociaciones sin fines de lucro.
Entre los requisitos para poder recibir donaciones, se encuentra tener vigente el registro de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), así como la certificación como entidad perceptora de donaciones. Dicha certificación la otorga SUNAT.
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2.Procedimiento
Cabe mencionar que los bienes importados pueden estar restringidos. En tal sentido, para habilitar su ingreso se necesita el permiso de la autoridad del sector competente, como Digesa o Digemid.
Además, se requiere la carta de donación donde figuran los bienes y su valor. En caso el beneficiario sea una entidad del estado, se necesitará también el documento donde se acepta la donación.
La autorización para recibir la donación debe tramitarse ante la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), la cual tiene un plazo de siete días hábiles para aprobarse. De no obtener respuesta, se considerará como silencio administrativo positivo. Es decir, puede presentar ante la aduana el cargo de la donación con la fecha de inicio del trámite de la solicitud.
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3.Bono: Las empresas en Perú pueden deducir el IR al realizar donaciones de alimentos
Las empresas que donen alimentos a entidades registradas, pueden deducir hasta el 1.5% de sus ingresos gravables.
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