Los influencers, instragramers, youtubers o personas que realizan alguna actividad económica en redes sociales (Facebook, Instagram, YouTube, Tik Tok etc) deben declarar sus ingresos y pagar los impuestos correspondientes. Así, te explicamos que tipo de renta generan los influencers y cuales son sus obligaciones tributarias.
1.Qué tipo de renta generan los influencers
Cabe mencionar que los influencers generan renta en plataformas digitales debido a su gran cantidad de seguidores. También por la venta de productos, monetización de sus videos o por promociones pagadas. De esta manera, vemos que generan renta empresarial. Es decir, generan renta de tercera categoría, gravada (afecta al impuesto a la renta). Al respecto, en un reciente pronunciamiento la SUNAT ha señalado que supuestos generan renta de tercera categoría.
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2.Renta de cuarta categoría
En cuanto a la inquietud de si generan renta de cuarta categoría (tasa de 8%), la Administración Tributaria ya se ha pronunciado indicando que solo se podrá considerar como generadores de renta de cuarta categoría aquellos influencers que recién están iniciando sus actividades y no las realicen de manera habitual.
Además, si el influencer brinda solo servicios de publicidad a un tercero, estaría generándose una renta del trabajo pues la fuente del capital (el intangible) no se explota. Es decir, el influencer utiliza la plataforma digital solo cómo un medio para obtener dicha renta.
Adicionalmente, dicho servicio publicitario no podría devenir en renta empresarial por habitualidad, toda vez que la habitualidad solo aplica para rentas del capital (primera o segunda categoría).
Por último, la calificación del tipo de renta de los influencers deberá analizarse en en concreto en cada caso individual. De esta manera, en algunos casos estaremos ante renta del trabajo. Por otro lado, cuando se explote conjuntamente capital y trabajo estaremos ante una renta de tercera categoría o empresarial.
3.Obligaciones tributarias
Los influencers tienen que cumplir las mismas obligaciones que los demás contribuyentes. En primer lugar, deben inscribirse en el RUC como persona natural con negocio o persona jurídica (creando una empresa). Luego, tienen que escoger un régimen tributario según su actividad y nivel de ingresos. Así como cambiar de régimen tributario si exceden el límite máximo de ingresos anuales del respectivo régimen. Además, deben emitir comprobantes de pago electrónicos por los ingresos obtenidos.
Asimismo, deben declarar y pagar los impuestos oportunamente y llevar libros contables dependiendo del régimen tributario que hayan escogido. Por último, pero no menos importante, deben solicitar comprobantes de pago (facturas) solo por las compras vinculadas al giro de su negocio. Esto con el fin de sustentar los gastos.
4.Consulta: ¿Qué pasa si percibo ingresos de mi canal de YouTube y no tengo otros ingresos?
Un youtuber peruano nos cuenta que percibe entre 700 y 900 dolares mensuales de su canal de YouTube. En soles sería aproximadamente 3000 soles o 36.000 al año. Es importante indicar que esos ingresos constituyen fuente de renta extranjera. Por tanto, tendría que pagar 30% de IR. No obstante, si este es su único ingreso es poco probable que la Sunat lo fiscalize.
Ahora bien, si sus ingresos aumentan, por ejemplo, a S/100,000 anual tendría que pagar el 30% de IR por fuente extranjera.
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