Renta anual: Como fraccionar la deuda tributaria

¿Sabías que los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, pueden solicitar por internet  el aplazamiento o fraccionamiento de su deuda tributaria?. Efectivamente, en caso de no contar con los recursos para cancelar el saldo por pagar, se puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de dicha deuda.

1.Procedimiento

En cuanto a las personas naturales, una vez presentada la Declaración de Renta 2021, mediante la APP Personas o Sunat Virtual, y de haberse determinado una deuda por rentas de capital o trabajo, tienen la opción de enviar inmediatamente una solicitud para aplazar o fraccionar la deuda.

No obstante, también podrán presentar la solicitud transcurridos cinco días hábiles desde la fecha de presentación de la Declaración de Renta.

cuando es responsable el gerente por las deudas de la empresa

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2.Requisitos

En primer lugar, la deuda debe ser igual o mayor a S/ 515 (10% de la UIT). Asimismo, la cuota del fraccionamiento no puede ser menor a S/ 248. Luego de seleccionar el número de cuotas y de enviar la solicitud, esta será evaluada y se notificará su aprobación al contribuyente.

3.Caso de las empresas

Las empresas que quieran solicitar el fraccionamiento del saldo a favor del fisco, deben tener en cuenta lo siguiente:

En primer lugar, sus ingresos anuales no deberán superar las 150 UIT. Posteriormente, presentada su Declaración Anual pueden presentar su solicitud. Para tal fin, deben utilizar el enlace habilitado en Sunat Operaciones en Línea.

En caso estas empresas no soliciten el fraccionamiento al momento de presentar la Declaración Anual o no hubieran efectuado dicha presentación dentro del plazo previsto en el mencionado cronograma, podrán solicitarlo a partir del sexto día hábil siguiente de presentada la declaración en Sunat Virtual. Por otro lado, las empresas con ingresos mayores a 150 UIT que presentaron su Declaración Anual Renta, podrán solicitar el fraccionamiento o aplazamiento a partir del primer día hábil de , mediante Sunat Virtual.

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