Implicancias tributarias del aumento del sueldo mínimo (RMV)

Aumento del sueldo mínimo. Con fecha 03 de abril de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 003-2022-TR, Dicho Decreto incrementa la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada. Así, la RMV se incrementa al importe de S/ 1,025.00 (mil veinticinco y 00/1000 Soles) a partir del 01 de mayo de 2022.

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¿Qué es la remuneración mínima vital?

La Remuneración Mínima Vital – RMV, o el sueldo mínimo como se le conoce comúnmente, es la cantidad mínima que debe recibir un trabajador bajo una jornada completa de trabajo. Además, es la base de cálculo para diversas aportaciones, beneficios laborales y demás aplicable según nuestra ordenamiento laboral vigente.

¿Quiénes tienen derecho a la remuneración mínima vital?

Tienen derecho a percibir una RMV todos los trabajadores que tengan una jornada mínima de 4 horas diarias de trabajo.

¿Qué implicancias tributarias genera un aumento de la RMV?

Un incremento en dicho monto genera, directamente, un aumento en la base para el cálculo de los diversos beneficios sociales (asignación familiar, gratificación, CTS, entre otros) a los que tiene derecho un trabajador. Al respecto, a continuación indicamos las consecuencias laborales y tributarios del incremento de la RMV en cuanto al incremento de diversos conceptos: 

  • La  asignación familiar aumenta a S/ 102.50 (10% de la RMV)
  • Contribución mensual mínimo de Essalud: S/ 92.25 (9% de la RMV)
  • Aporte mensual mínimo a la ONP: S/ 133.25 (13% de la RMV)
  • Remuneración mínima para el trabajo nocturno: S/ 1,383.75 (RMV mas 35%)
  • Topes aplicables para prestaciones alimentarias: S/ 2,050 (2 RMV)
  • Límite diario de gasto deducible por planilla de movilidad por cada trabajador: S/ 41.00 (4% de la RMV).
Otras consecuencias del aumento de la remuneración mínima vital – RMV

El aumento de la RMV impactaría directamente en los sectores minero y agrario, sectores donde el monto legal de la RMV es empleado como base para el cálculo de sus remuneraciones. De esta manera, el valor de la remuneración mínima del sector minero aumenta a S/ 1,281.25 (RMV mas 25%).

Asimismo, un aumento de la RMV impacta directamente en la contratación de practicantes en las Modalidades Formativas Laborales, cuya subvención es calculada también sobre la base de la RMV. Por consiguiente, la subvención económica de los beneficiarios de las modalidades formativas laborales aumenta a S/ 1,025 (1 RMV).

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