Qué es el IGV y como se calcula

El Impuesto General a las Ventas (IGV), es un impuesto que pagamos todos los ciudadanos al realizar una adquisición o compra. Esto significa que se cobra en la compra final del bien o servicio. La tasa es del 18%: se aplica el 16% al IGV y el 2% al Impuesto de Promoción Municipal. Así, explicaremos a continuación que operaciones están afectas al IGV, como se calcula, entre otros.

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1.Operaciones gravadas con IGV

En general, están afectas al IGV las siguientes operaciones:

  1. La venta en el país de bienes muebles.
  2. La prestación o utilización de servicios en el país.
  3. Los contratos de construcción.
  4. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos.
  5. La importación de bienes.

Cabe mencionar que la relación de operaciones no gravadas o no afectas al IGV, se encuentran en el artículo 2 de la ley del IGV y el artículo 2 numeral 11 de su reglamento. Entre dichas operaciones tenemos el arrendamiento de inmuebles cuyo ingreso constituye renta de primera categoría. Así como la transferencia de bienes usados (solo si no se trata de una actividad habitual, entre otras operaciones.

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2.El nacimiento de la obligación de pagar el IGV

2.1.En la venta de bienes: Lo que ocurra primero entre, la fecha de en que se emita el comprobante de pago, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de comprobantes de pago o la fecha en que se entregue el bien.

2.2.En el retiro de bienes: Lo que ocurra primero entre, la fecha de en que se emita el comprobante de pago, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de comprobantes de pago o la fecha del retiro del bien.

2.3.En la prestación de servicios: Lo que ocurra primero entre, la fecha de en que se emita el comprobante de pago, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de comprobantes de pago o la fecha en que se percibe la retribución

2.4.En los contratos de construcción: Lo que ocurra primero entre, la fecha de en que se emita el comprobante de pago, de acuerdo a lo que establezca el reglamento de comprobantes de pago o la fecha de percepción del ingreso.

2.5.La primera venta de inmuebles: La fecha de percepción del ingreso, por el monto que se perciba, sea parcial o total.

2.6.En la importación: En la fecha que se solicita su despacho a consumo.

3.Como se calcula el IGV

Si eres una persona natural o jurídica que desarrolla actividades empresariales relacionadas con la venta de bienes y servicios, o realizas importaciones afectas al impuesto, debes calcular mensualmente el IGV que te corresponde pagar a la SUNAT.

De esta manera, el Impuesto General a las Ventas (IGV) a pagar se determina restando el IGV de las ventas menos el IGV de las compras.

Por ejemplo, si una persona vende S/3,000 y compra S/1,800, debe hacer el siguiente cálculo:
IGV de ventas: 3,000 x 18% = 540.
IGV de compras: 1,800 x 18% = 324.
Entonces el resultado es un IGV por pagar de S/ 216.

En resumen, el IGV de las ventas del mes te permitirá calcular el impuesto bruto
y el IGV de las compras, permitirá calcular el crédito fiscal.

4.Cuando se realiza el pago del IGV

El pago debe realizarse al mes siguiente de generada la obligación tributaria, de acuerdo con el cronograma de obligaciones mensuales de acuerdo al último digito del RUC. Para hacerlo, tienes que identificar el monto total de tus compras y ventas del mes, sin considerar el IGV. 

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5.Como deducir el crédito fiscal

Hemos visto que el crédito fiscal es el saldo o resultado que se obtiene luego de restar el IGV de las ventas con IGV de las compras. No obstante, solo se le otorga derecho a crédito fiscal a las operaciones que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Sean permitidos como gasto o costo de la empresa.
  2. Se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto
  3. El IGV debe estar consignado por separado en el comprobante de pago.
  4. Los comprobantes deben consignar el nombre y número del RUC del emisor, este debe estar ACTIVO y HABIDO.
  5. Los comprobantes de pago hayan sido anotados en el Registro de Compras (debe estar legalizado antes de su uso).
6.¿Qué empresas no pagan IGV en el Perú?

Las empresas ubicadas en la Amazonía, cualquiera sea la actividad que realicen están exoneradas del IGV por sus operaciones. Tales operaciones están indicadas en el artículo 13° de la Ley de la Amazonía, incluyendo los servicios prestados en dicha zona aún cuando el usuario de los servicios no domicilie en la misma.

7.Bono: Fraccionamiento del IGV en caso que las ventas sean menores a 150 UIT 

Se trata de un beneficio al que se pueden acoger los contribuyentes cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT o S/ 742,500 para el 2023 (UIT 2023: S/ 4,950). De esta manera, permite a los contribuyentes aplazar y/o fraccionar el IGV del último periodo vencido,

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