Qué sucede cuando tu deuda pasa a cobranza judicial

En el Perú, el incumplimiento de un compromiso de pago de una deuda puede originar un proceso judicial en contra del deudor. Por consiguiente, te explicamos qué es y cuándo se judicializa una deuda y que medidas puedes tomar cuando tu deuda pasa a cobranza judicial.

1.¿Puedo ir a la cárcel por no pagar deudas?

En nuestro país no existe cárcel por deudas. Sin embargo, sí existen algunas penalidades para el deudor cuando entra en un incumplimiento de pago parcial, de 30 días, o del total. Dependiendo del producto bancario y la política de la entidad financiera, te darán, en primer lugar, facilidades de pago. Luego, en el peor de los casos, te iniciarán una acción judicial.

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2.¿Qué es la judicialización de una deuda?

Este término se aplica para indicar el inicio y transcurso de una acción judicial, originada por el incumplimiento de algún compromiso de pago. Dicha acción tiene como finalidad la recuperación del capital adeudado. Para tal efecto, se procede al embargo de algunos de los bienes que son propiedad del deudor.

3.¿Todas las deudas se judicializan?

Es importante señalar que o todas las deudas que tenemos con los bancos, y que dejamos de pagar, implican el inicio de un proceso judicial para su cobranza. En tal sentido, las deudas solo se judicializan cuando se trata de préstamos o créditos grandes, por ejemplo, si hemos pedido un préstamo para adquirir un inmueble. De esta manera las deudas que se judicializan son aquellas garantizadas con algún bien mueble o inmueble, tales como los créditos hipotecarios, préstamos con garantía hipotecaria y los créditos vehiculares.

En consecuencia, deudas de sumas bajas no se judicializan pues el costo del proceso judicial suele ser mayor al de la deuda. No obstante, hay casos excepcionales de deudas menores que pueden pasar por este proceso. Esto último dependerá de las política de la entidad financiera con la que adquiriste el préstamo o el crédito.

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4.Cuando se judicializa una deuda

Las instituciones financieras suelen evitar la judicialización de las deudas. Por consiguiente, una deuda se judicializa solo cuando se agotaron los mecanismos conciliatorios, que incluyen nuevas facilidades de pago. En tal virtud, se inicia el proceso judicial el cual determinará si ocurrió o no el incumplimiento, y si la garantía o aval del préstamo debe ser liquidada.

5.¿Qué puedes hacer si te notifican una cobranza judicial?

Cabe advertir que las demandas de cobranza judicial aún no significan que se vaya a proceder con el embargo pues no es lo mismo una demanda que una orden judicial. Así, en caso que te notifiquen una demanda aún puedes proceder con una defensa legal. Al respecto, dicha contestación debe ser presentada como máximo, tres días después de recibida la demanda, si es el caso de una hipoteca, y hasta 5 días después, en otros tipos de préstamos o créditos.

Simultaneamente, se puede optar por solucionar el pago de la deuda con el acreedor. Para tal fin se puede efectuar el pago total de la deuda, refinanciarla o renegociarla

6.¿Cuándo se procede al embargo?

La deuda se convierte en embargo cuando existe una sentencia judicial definitiva. Cabe mencionar que se puede embargar cualquier bien que es susceptible de valorizar como televisores, inmuebles, vehículos, remuneraciones,  entre otros. Por otro lado, no se pueden embargar los objetos de uso diario que sirven para las necesidades básicas como utensilios de cocina, cama, etc.

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7.Nuestra recomendación:

Una deuda judicializada genera gastos judiciales. Además, logra excluirte para siempre del sistema crediticio peruano. Por tanto, no debes permitir que el incumplimiento de pagar un crédito o préstamo llegue a juicio.

8.En resumen

La deuda se judicializa cuando la entidad financiera pasó por todas las vías de cobranza y ninguna trajo resultados. Esto Incluye los mecanismos conciliatorios donde el acreedor ofrece facilidades de pago y reprogramaciones. En conclusión se busca que ambas partes puedan evitar el proceso judicial.

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19 comentarios en “Qué sucede cuando tu deuda pasa a cobranza judicial”

  1. Jorge Mariche Yzaguirre

    IGUALMENTE NO TENGO NADA A MI NOMBRE, NO TENGO TRABAJO FORMAL Y ME INDICAN QUE INGRESARAN A LA FUERZA AL DOMICILIO ALQUILADO ALGO DE DESARRAJE, NO QUIERO PERJUDICAR A LA OTRA FAMILIA, PERO TOCAN A LA PUERTA.
    SALUDOS

  2. yony paul huancco huancco

    buenas tardes tengo una deuda pendiente de pago de dos cuotas hace nueve años y me esta llamando por vía telefónica la entidad financiera que hago?… y prescribe estas deudas bancarias ?….

  3. Buenas mi deuda es menor de 10 mil y la otra vez me enviaron un carta donde me solicitan solo 1200 para pagarla, yo supongo que ya vendieron la deuda a una entidad pero ahora me mandan cartas de embargo o amenazas de demanda . . Yo no tengo vienes ni nada que puedo hacer?

    1. tengo la duda si las deudas crecen hasta asi llega a mas de 10mil yo debia 6500 a interbank y ahora son casi 8mil que indican que es por demora, me amenazan con hacer proceso judicial

  4. Buen día!
    Tengo deudas de préstamos (a sola firma) con el banco por casi S/ 60,000 incluido intereses.
    No tengo bienes muebles e inmuebles, aún no tengo trabajo o ingresos fijos.
    Y si al tener trabajo pueden embargar todo el sueldo? O es verdad que solo el excedente de S/ 2,075 ??
    Me escribieron indicando que tengo POSICIÓN DEUDORA y me enviaran carta notarial.
    Si me demandan judicialmente no tendría para pagar al abogado.
    Que hago ante esta situación?
    (Nota: Me endeude por que me estafaron).

  5. Ola buenas debo en el banco caja huancayo 9000 ps con 5000 compre otra deuda y con 4 mil inverti en algo que no me funciono, pero saque para eso, pero mi acesor pueso que era para construccion cuando no era para eso y no me dijo nada, pero la casa no esta a mi nombre si no el de mi padre, pero me dijo si no pago pasara a problemas judiciales y esty muy desesperada por que tengo miedo a que me embarge ps no es mi terreno, tampoco tiene titulo solo una contancia, pero no es mio ayudame aconsejame que puedo hacer ps ahora esty pasando una situacion dificil espero me responda si se puede hoy mismo

    1. No pasa nada si no tienes nada a tu nombre no pueden embargar biemes que no son de tu propiedad. Solo es posible embargar los bienes del titular de la deuda

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