Contribuyentes del RUS pueden seguir emitiendo boletas de venta en formato impreso

Mediante Informe N° 000060-2022-SUNAT/7T0000 publicado el 24 de agosto de 2022, la Administración Tributaria concluye que los contribuyentes del Nuevo RUS pueden seguir emitiendo boletas de venta en formato impreso pues no han sido designados como emisores electrónicos.

RUC

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Informe N° 000060-2022-SUNAT/7T0000

Con fecha 24 de agosto de 2022, se ha publicado en el portal web de la SUNAT, el Informe N° 000060-2022-SUNAT/7T0000, a través del cual se absuelven consultas vinculadas con la obligación de emisión de comprobantes de pago por parte de aquellos contribuyentes designados como emisores electrónicos. De esta manera se requiere el pronunciamiento de la SUNAT respecto a si dicha obligación resulta aplicable para los contribuyentes del Nuevo RUS.

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Pronunciamiento de Sunat

El contribuyente que tiene la calidad de emisor electrónico por determinación de la SUNAT en virtud de lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N.º 279-2019/SUNAT, modificada por la Resolución de Superintendencia N.º 128- 2021/SUNAT, tiene la posibilidad de emitir, respecto de la operación por la que corresponde emitir una factura electrónica, una factura en formato impreso cuando, por causas no imputables a él, esté imposibilitado de emitir el comprobante de pago electrónico. También puede emitir factura impresa cuando su domicilio fiscal y/o establecimiento anexo declarado en el RUC se encuentre ubicado en una zona geográfica con baja o nula conexión a Internet.

Por consiguiente, en dichos supuestos deberá cumplir con remitir la declaración jurada informativa a que se refieren el inciso 4.2.4 del numeral 4.2 y el numeral 4.6 del artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N.º 300-2014/SUNAT, según corresponda.

Conclusión

Asimismo, teniendo en consideración que la Resolución de Superintendencia N.º 279-2019/SUNAT no es de alcance a los sujetos que al 31 de diciembre de 2019 figuren en el RUC afectos al Nuevo RUS, y que tampoco se ha dispuesto con posterioridad a dicha fecha la designación como emisores electrónicos a aquellos que figuren en el mencionado régimen, se puede sostener que los contribuyentes del Nuevo RUS pueden seguir emitiendo boletas de venta en formato impreso.

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