Hace unos días se comentó en los medios el caso de una pareja de la farándula que esta esperando un hijo, pero ella aun no se divorcia de su ex pareja. Entonces surge la pregunta de si este señor podrá firmar el hijo que tendrá con una mujer casada.
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Cabe mencionar que los hombres pueden reconocer hijos así estén casados o no. Sin embargo, en el caso de las mujeres, cuando están casadas, en principio el hijo es del marido legal.
Situación anterior
Anteriormente, el hombre casado con una mujer podía reconocer al hijo de esta, aunque no fuera suyo. En consecuencia, el padre biológico no podía reconocer al niño, pues, ante la ley, el padre no podía ser otro que el esposo. Por consiguiente esto daba lugar al incorrecto registro del nacimiento y de la filiación del niño.
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Modificación del Código Civil
Mediante Decreto Legislativo 1377 publicado el 24 de agosto de 2018.se modificaron varios artículos del Código Civil. Dicha na norma modifica varios artículos del Código Civil relacionados con la inscripción del hijo o hija de una mujer casada.
Así, una madre casada podrá declarar que el padre de su hijo no es su esposo. De esta manera el padre biológico podrá reconocer a su hijo, aunque la madre esté casada con otra persona.
Como consecuencia, ahora la mujer puede registrar a su hijo extramatrimonial con el apellido del verdadero padre del niño o niña recién nacida. Para tal fin será necesario que la madre declare expresamente que su esposo no es el progenitor.
A continuación mostramos el texto anterior y texto actual de los referidos artículos:
Artículo 361º.- Presunción de paternidad
Texto anterior
El hijo nacido durante el matrimonio o dentro de los trescientos días siguientes a su disolución tiene por padre al marido.
Texto vigente
El hijo o hija nacido/a durante el matrimonio o dentro de los trescientos (300) días calendario siguientes a su disolución tiene como padre al marido, salvo que la madre declare expresamente lo contrario.
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Artículo 362º.- Presunción de filiación extramatrimonial
Texto anterior
El hijo se presume matrimonial aunque la madre declare que no es de su marido o sea condenada como adúltera.
Texto vigente
El hijo o hija se presume matrimonial, salvo que la madre declare expresamente que no es del marido.
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En síntesis
En la actualidad la madre puede ir al Registro Civil, inscribir a su hijo y declarar expresamente que el padre del menor no es su esposo. Si el progenitor biológico se encuentra con ella en ese momento puede declarar el reconocimiento.
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Si tengo una niña con una mujer casa puedo declarar a mi hija sin problemas.
Así es ya que el hijo o hija se presume matrimonial, salvo que la madre declare expresamente que no es del marido.
Hola tengo un hijo con una mujer casada puedo registrar al niño sin problema tengo una cita mañana