Personas naturales: Quienes están obligados a declarar Renta anual

A partir del 27 de mayo de 2024, las personas naturales deberán presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2023. Sin embargo, no todos están obligados a hacerlo. En tal sentido, explicamos a continuación quienes están obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022.

1.Aumento de la UIT

Cabe mencionar que con el incremento que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dispuso sobre la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que se elevó de S/4,950 a S/5,150 (desde el 1 de enero de 2024), un mayor grupo de trabajadores quedará libre del pago de Impuesto a la Renta (IR).

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2.¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta?

Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, las personas que en el 2023 hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta.

Asimismo, se encuentran obligados a presentar la declaración, las personas o entidades generadoras de rentas de Tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

cronograma 2024

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3.¿Cómo presentar la declaración?

Ingresa  a SUNAT Virtual al Formulario Virtual Nº 709 – Renta Anual – Persona Natural. Dicho formulario, al que puedes acceder con tu Clave SOL a partir del 12 de febrero de 2024, sirve para la declaración de tus rentas de primera categoría (alquileres), rentas de segunda categoría y rentas de trabajo y/o fuente extranjera.

Cabe mencionar que en muchos casos, este documento ya cuenta con información personalizada referencial, la cual puedes modificar o confirmar previo al envío de tu declaración, dicha información contiene datos referidos a tus rentas, gastos, retenciones, pagos del impuesto, entre otros.

4.¿Desde cuándo se puede presentar la declaración?

El Formulario Virtual N.° 709 estará disponible en Sunat Virtual y en el APP Personas a partir del 12 de febreroo de 2024. A partir de esa fecha  podrás presentar su declaración, sin necesidad de esperar los vencimientos.

5.Personas naturales obligadas a declarar

Sobre el particular, deben presentar la Declaración de Renta 2023 las personas naturales que:
• Hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (en planilla) y que deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
• Los trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor.
• Quienes hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
• Los que tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
• quienes arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

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