Declaración de rentas del exterior: Sunat notifica a contribuyentes por inconsistencias

Respecto a la declaración de rentas del exterior, se eliminó la barrera que impedía a la Administración Tributaria el acceso a datos de las cuentas que un contribuyente tiene fuera del Perú. Así, nos referimos, por citar algunos, a Panamá, Islas Caimán,  las Bahamas, Alemania, Suiza, España, entre otros.

Auditorias de Sunat

Sobre el particular, desde el segundo semestre de 2022, la Sunat inició la implementación de auditorias con el objetivo de notificar a aquellos contribuyentes cuyas declaraciones de renta de fuente extranjera muestren inconsistencias.

De esta manera, la entidad recaudadora está fiscalizando y comunicando a los contribuyentes auditados cuando encuentra que lo reportado por el banco del exterior no coincide con la declaración. En tal sentido, solicita a dichos contribuyentes que este sustenten las diferencias detectadas.

Cabe mencionar que si la Sunat antes notificaba por montos muy elevados ahora lo hace por montos mucho menores.

Inversionistas residentes en el Perú

Es pertinente precisar que el inversionista que cuenta con residencia en el Perú, debe presentar su declaración de rentas del exterior. Por otro lado, si no es residente en Perú, no tendría dicha obligación impositiva.

Por ejemplo, algunas personas tienen familia y activos en el país pero calculan para no estar más de 183 días en nuestro país con el fin de no ser considerados como residentes en el Perú. Por consiguiente, pueden beneficiarse de algunas exoneraciones a los no residentes. No obstante, la Administración Tributaria está empezando a auditar esas declaraciones.

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Consecuencias

Si Sunat te notifica y no puedes justificar las inconsistencias en tu declaración de rentas del exterior, deberás pagar el impuesto correspondiente. Además podrías ser sujeto de una multa y, en casos más complejos, la Sunat podría iniciar una acción penal.

Reglamento de exoneración de impuesto a ganancias

Al respecto, desde este año, la exoneración del impuesto a las ganancias de capital para inversiones en la Bolsa de Valores de Lima se restringe solo a personas, residentes y no residentes en el país, Como consecuencia se deja fuera de este beneficio tributario a las empresas.

La norma indica que dicha exoneración se aplicará hasta los primeros S/ 495,000 de ganancia generada. Sin embargo, se requiere de un reglamento que determine si la carga impositiva aplica solo al exceso de los S/ 495,000 o si al superar ese techo, todas las ganancias serían gravadas.

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Toma nota:
  • Hasta el momento, Islas Caimán, Alemania y Suiza han reportado información financiera al Perú.
  • Se espera que 100 países más compartan dicha información, con excepción de EE.UU. que no forma parte del convenio. 
  • El acuerdo de intercambio de información financiera establecido hace dos años, permite que Perú reciba datos de contribuyentes que tienen cuentas en el extranjero.

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