Como hemos indicado en un anterior artículo, entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023, los contribuyentes en el Perú, entre ellos las empresas privadas, deberán presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta. Posteriormente, tendrán un plazo de 30 días, de vencido el plazo anterior, para el pago de utilidades a sus trabajadores en planilla y que laboraron durante el año anterior 2022. Por tanto, se estima que los pagos se harán entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.
Así, explicamos que son las utilidades, a quienes les corresponde y cómo determinar el monto que te corresponde recibir este 2023.
1.¿Qué son las utilidades?
El reparto de utilidades es un derecho que tienen los trabajadores en planilla y que se ejecuta una vez al año. El tamaño de la empresa, industria, remuneración del trabajador, entre otros factores, son fundamentales para determinar la obligatoriedad y monto de este pago. Cabe mencionar que la participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú.
Aunque muchas actividades económicas están recuperándose poco a poco, las empresas privadas del régimen general que cuenten con más de 20 trabajadores deben realizar el pago de utilidades correspondientes al 2022 en los plazos establecidos. Este pago es improrrogable, como consecuencia, muchos trabajadores se preguntan si este año recibirán el pago de utilidades y de ser así, que cantidad exacta recibirán. Por ello, a continuación te decimos cómo calcular dichas utilidades.
2.¿CÓMO CALCULAR LAS UTILIDADES?
Para calcular el monto que corresponde por este concepto, depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
- Empresas agrarias: 5% (del 2021 al 2023)
Para conocer el monto que le correspondería a cada trabajador se toma como base la cantidad de ingresos totales que registró la empresa en el año anterior. En este caso, el año 2020. Al monto de ganancias se le aplica el porcentaje del sector al que pertenezca la compañía.
Luego, se determina el monto que le corresponderá a cada trabajador teniendo en cuenta dos criterios:
- El 50% de las utilidades se calcula según la cantidad de días laborados por los empleados durante el año, sin tener en cuenta el sueldo o cargo del trabajador.
- Para estimar el otro 50% se tienen en cuenta las remuneraciones recibidas en el año anterior.
La suma de ambos conceptos deberá ser abonada al trabajador, hasta un límite máximo de 18 sueldos.
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3.¿QUIÉNES RECIBEN LAS UTILIDADES?
Los trabajadores que reciben utilidades son los que se encuentran en planilla de empresas que generan renta de tercera categoría y tengan más de 20 trabajadores, y que laboraron durante el año anterior, incluidos los que tienen un contrato temporal o trabajan medio tiempo. Están exceptuadas las empresas individuales, microempresas, autogestionarias, cooperativas, comunales, y sociedades civiles. Cabe precisar que as microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.
Asimismo, quienes hayan cumplido la jornada máxima de trabajo establecida en la empresa. Si la jornada es inferior, participarán en las utilidades en forma proporcional a la jornada laborada.
4.Cómo verificar que las utilidades hayan sido correctamente calculadas y desembolsadas
El empleador debe entregar a sus trabajadores una “hoja de liquidación”. En dicho documento se precisa cómo se han calculado las utilidades. Debe contener, como mínimo, la razón social del empleador, nombre y apellidos del trabajador, renta anual de la empresa antes de impuestos, números de días laborados por el trabajador.
Asimismo, la remuneración considerada para el cálculo, número total de días laborados por todos los trabajadores de la empresa con derecho a percibir utilidades y remuneración total pagada a todos los trabajadores de la empresa. Finalmente, debe señalarse el procedimiento de cálculo, y, de darse el caso, el monto que excede a los 18 sueldos.
5.¿Qué pasa si la empresa no cumple con pagar las utilidades?
Si tu empresa obtuvo utilidades y no cumple con pagarte en el plazo determinado, puedes denunciar el hecho a Sunafil. Dicho incumplimiento es considerado una infracción grave. De esta manera, las empresas que incumplan con esta obligación pueden ser multadas por la Sunafil
En tal sentido, en una inspección laboral en caso de incumplimiento el inspector de trabajo podría aplicar una multa entre 1.57 UIT hasta 26.12 UIT,. Cabe mencionar que el monto se calculará en función del número de trabajadores afectados.
Por otro lado, no entregar la hoja de liquidación es considerado una infracción leve sancionable también con multa
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Toma nota:
- Los extrabajadores también reciben este pago. En este caso, el monto se calcula en base a los días que trabajó y la remuneración que recibió durante el año que corresponde a las utilidades. El plazo para cobrar dichas utilidades vence a los cuatro años.
- Vencido el plazo, la participación no cobrada por el extrabajador se agregará al monto a distribuir por concepto de participación en las utilidades del ejercicio en el que venza dicho plazo.
- No reciben este beneficio los practicantes porque no son considerados dentro del régimen laboral general.
- Las trabajadoras que hayan gozado de licencia por maternidad durante el año no se verán perjudicadas en el pago de sus utilidades.
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