Como se hace una Conciliación Familiar

Si quieres que el padre o la madre de tu hijo cumpla con pasarte una pensión de alimentos o darte la tenencia, no necesitas recurrir al Poder Judicial. Para tal efecto, puedes solicitar una conciliación familiar a través de un Centro de Conciliación.

A través de la conciliación extrajudicial, las personas que tienen un problema jurídico pueden encontrar una solución sin tener que recurrir a un juicio. Para tal fin deben acudir a un Centro de Conciliación Extrajudicial autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS). 

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Ventajas

Una ventaja es la celeridad. Es decir, mientras que el juzgado puede tardar meses o años en tomar una decisión, con la conciliación solo toma unas semanas desde que se inicia el procedimiento.

Además, no es necesario que participen los hijos,  solo se requieren las correspondientes partidas de nacimiento. Cabe mencionar que no se requiere de abogado para presentar la solicitud ni para asistir a la audiencia.

Por último, el acuerdo que se tome durante la conciliación tiene el mismo valor que una sentencia judicial. De esta manera, si una de las partes no cumple con lo acordado, el interesado puede demandar ante el Poder Judicial. Así, el juez hace que se cumpla el acta que se firmó en el centro de Conciliación

¿Quién es el/la concilador/a?

Se trata de un profesional capacitado, acreditado y autorizado por el MINJUS. Dentro de sus funciones está promover la comunicación entre las partes. Esto con el fin de proponer formulas conciliatorias que no son obligatorias de aceptar. Sin embargo, de aceptarlas se ponen fin al problema.

¿Cómo se inicia una conciliación extrajudicial?

En primer lugar se debe acudir a un Centro de Conciliación. Teniendo para ello tres opciones:
• Ir a un Centro de Conciliación privado
• Acudir a un Centro de Conciliación público, que es gratuito para cualquiera que cumpla con ciertos requisitos. 
• Ir a los centros de conciliación que ofrecen las Defensorías del Niño y del Adolescente – DEMUNA de cada distrito, y algunas municipalidades.

Para que el procedimiento se lleve a cabo, se necesitará la dirección exacta del padre o madre y de los hijos. También es necesario que el hijo haya sido reconocido legalmente por sus padres.

Posteriormente, el conciliador (a) fijará el día y hora para la Audiencia de Conciliación familiar y enviará una invitación al domicilio exacto de la otra parte. Asistir a esta audiencia es indispensable.

¿Cómo se lleva a cabo la Audiencia de Conciliación Familiar?

La Audiencia se realizará en el local del Centro de Conciliación. El conciliador presenta el problema y busca el diálogo pacífico sobre lo que ambas partes buscan. Dicha audiencia es única pero puede tener una o más sesiones que duran 1 hora en promedio y se buscará lograr acuerdos entre las partes para resolver el problema. En otras palabras, el objetivo es llegar a un consenso.

¿Qué ocurre si la otra parte no acude a la Audiencia de Conciliación?

Frente a la primera inasistencia de la parte invitada, el Centro de Conciliación o DEMUNA reprogramará la Audiencia de Conciliación por segunda vez. Si la parte invitada no asista por segunda vez, se dará por terminada la conciliación por falta de acuerdo.

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¿Cómo finaliza la conciliación?

La conciliación finaliza con el acuerdo total o parcial de las partes. También finaliza por falta de acuerdo. Esto queda manifestado en el Acta de Conciliación. El Acta de Conciliación con acuerdo tiene un efecto similar a una sentencia judicial. Por tanto, cualquiera de las partes puede recurrir al poder judicial y exigir su cumplimiento cuando esta se incumple. Para tal fin debe presentarse una demanda de ejecución del Acta de Conciliación. En este caso sí debe contarse con abogado/a.

Para finalizar debemos señalar que el incumplimiento de un Acta de Conciliación en el cual se haya fijado una pensión de alimentos puede configurar un delito. Estaríamos ante el delito de omisión de asistencia familiar, señalado en el artículo 149° del Código Penal. Dicho delito tiene como consecuencia pena privativa de libertad de quien lo incumple.

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