Cuando una persona tiene una deuda considerable, la entidad bancaría tendría que embargarle algunos de los bienes para recuperar parte del dinero. Así, en nuestro país existen muchas personas que arrastran deuda, en menor, igual o superior cantidad, a instituciones financieras sin tener la posibilidad de cancelarlas.
De esta manera, el deudor puede preguntarse ¿qué es lo peor que puede pasarme si no paga lo que debo? o peor aún ¿Qué pasa si no pago al banco y no tengo nada a mi nombre. A continuación, absolvemos estas interrogante.
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1.¿Cárcel por deudas?
Es importante señalar que en el Perú no existe cárcel por deudas. No obstante, exisren algunas penalidades para el deudor cuando entra en un incumplimiento de pago parcial, de 30 días, o del total. Además, dependiendo del producto bancario y la política de la entidad financiera, otorgarán al deuddor facilidades de pago, y luego, en el peor de los casos, le iniciarán una acción judicial.
2.Judicialización de deudas
Al respecto, las deudas se judicializan solamente cuando son créditos hipotecarios o préstamos de montos muy altos que estén garantizados con algún bien mueble o inmueble. En tal sentido, las deudas que no se judicializan son las de sumas bajas y cuando el costo de hacer el proceso judicial es mayor que la deuda. Sin embargo, esto dependerá de la política del banco.
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3.Embargos
Los embargos proceden solo cuando existe una sentencia definitiva. Según la legislación peruana, se puede embargar cualquier cosa que es susceptible de valorizar: televisor, casas, autos, barcos, sueldos, devoluciones de impuesto de SUNAT, entre otros. Por otro lado, no se pueden embargar los objetos de uso diario que sirven para la sobrevivencia mínima como cocina, cama, etc. Por otro lado, en algunos casos junto con la demanda judicial te pueden notificar una medida cautelar.
4.¿Qué sucede si no tengo bienes a mi nombre?
En ese caso el problema no es que el banco te demande pues el verdadero inconveniente se generará cuando ingreses al sistema de crédito castigo. Este sistema es más conocido como Infocorp, e impide obtener préstamos bancarios en algún lugar.
Ahora bien, si trabajas para una empresa, el acreedor podría embargar tus remuneraciones.
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5.Registro de deudores morosos judiciales
A nivel judicial, lo máximo a lo que se puede llegar si no tienes bienes es que el poder judicial ordene tu inscripción en un Registro de deudores morosos judiciales.
6.Otras consecuencias de ingresar al sistema crediticio de castigo
- Podrías no conseguir trabajo pues en muchos procesos de selección se revisa el historial crediticio de los postulantes para contratarlos. De esta manera si el postulante está en Infocorp, será descartado.
- Igualmente, tampoco podrás laborar en una entidad financiera o empresa que le brinde servicios a estas instituciones.
- Al tener deudas pendientes, obtener una tarjeta de crédito o préstamo será imposible.
- Si la deudora es una persona jurídica, dicha empresa tendrá limitaciones contractuales pues los posibles contratantes consultan a las centrales de riesgo sobre la situación de las organizaciones. Por tanto, la empresa deudora no podrá realizar negocios con otras empresas.
- Finalmente, tenemos a los avalistas quienes deberán responder también por tus deudas pendientes. En otras palabras si no pagas y no tienes bienes para embargar el banco puede exigir a tus avalistas que paguen tu deuda incluso pueden embargar sus bienes.
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