Conmemoramos el Día de la Madre recordando a aquellas madres trabajadoras que día a día luchan por compaginar sus roles de madres y trabajadoras. En esa línea, expondremos cuales son los derechos de las madres en los centros de labores.
1.Descanso pre y postnatal
Sobre el particular, las madres trabajadoras cuentan con 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal.
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2.Derecho de lactancia
Otro derecho es el de lactancia frente a la reincorporación a las labores. De esta manera, la madre trabajadora tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que el hijo cumpla un año de edad.
Es importante señalar que todos los centros de labores tanto del sector público como del privado, donde laboren mujeres en edad fértil, deben contar con un lactario. Al respecto, el lactario es un ambiente acondicionado para que las madres se extraigan leche durante su jornada laboral. Además, el empleador debe garantizar la adecuada conservación del lugar.
3.Protección frente a un despido
La legislación laboral establece que es nulo el despido por motivo de embarazo, nacimiento y sus consecuencias o la lactancia. Cabe precisar que la protección es más rigurosa dentro de los 90 días posteriores al nacimiento del hijo (a).
4.Igualdad salarial
La madre trabajadora no debe tener ninguna diferencia salarial vinculada directa o indirectamente con el embarazo, la maternidad, la lactancia o las responsabilidades familiares.
5.Seguridad y salud en el trabajo
Sobre el particular, las trabajadoras en estado de gestación tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique un riesgo para su salud integral, sin perjudicar su remuneración o categoría.
Asimismo, en caso de riesgo a exposición a COVID-19, las mujeres gestantes o lactantes tienen derecho a trabajar de manera remota. En caso no fuera posible el trabajo remoto, tienen derecho a una licencia con goce de haber compensable.
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6.Licencia por enfermedad o accidente grave de un familiar directo
Teniendo en consideración que muchas veces son las mujeres las que cuidan de los miembros de su familia que se encuentren enfermos, cuentan con una licencia para tal fin. Así, en caso sus familiares directos se encuentren con enfermedad en estado grave o terminal o sufran un accidente grave, pueden solicitar licencia por el plazo máximo de siete días calendario.
Igualmente, se puede pedir más días presentando el correspondiente certificado médico. Es importante mencionar que la ampliación se concede a cuenta del descanso vacacional, de forma proporcional al récord vacacional acumulado al momento de solicitarla.
7.Licencia por hijo menor de edad diagnosticado con cáncer
Si una madre tiene un hijo menor de edad diagnosticado con cáncer, puede recibir una licencia con goce de haber por el periodo no mayor a un año. En tal sentido, este periodo de licencia deberá ser cubierto los primeros 21 días por el empleador y el tiempo restante por EsSalud.
8.Licencia para asistencia médica y terapia de rehabilitación a hijos con discapacidad
Al respecto, la Ley 30012 establece la licencia con goce de haber para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que requieran los hijos o hijas menores con discapacidad, hasta por 56 horas consecutivas o alternas anualmente.
9.Licencia por adopción
El proceso de adopción también cuenta con una licencia laboral. De conformidad a la Ley 27409, el trabajador o trabajadora solicitante de adopción tiene derecho a una licencia con goce de haber correspondiente a 30 días naturales.
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Toma nota
En las convocatorias de trabajo el empleador no puede solicitar a las candidatas la realización de una prueba de embarazo.
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