¿Qué pasa si el heredero es menor de edad?

¿Qué pasa si el heredero es menor de edad? ¿Un menor de edad puede heredar?. Puede suceder que el causante deje entre sus herederos a un menor de edad. Así, explicaremos el proceso para que un menor de edad puede recibir una herencia.

¿A quién se considera menor de edad?

El artículo 1 del título preliminar del Código de los niños y adolescentes  señala que toda persona hasta los doce años de edad, es considerada niño. Desde la edad de doce años hasta cumplir los dieciocho años de edad será considerado adolescente.

Asimismo, el Código Civil estipula que los menores de catorce años de edad son absolutamente incapaces. Por otro lado, los mayores de dieciséis y menores de dieciocho años de edad tienen capacidad de ejercicio.

En este contexto, la edad no será impedimento para formar parte de la sucesión, ya sea testamentaria o intestada o su determinación como heredero.

¿Cómo hereda el menor de edad?

Al respecto, si el causante es uno de los padres, el menor estará bajo la patria potestad del progenitor sobreviviente. Si ambos padres han fallecido, el menor de edad tendrá que contar con un tutor o representante legal para que defienda sus intereses y lleve a cabo el trámite de la sucesión.

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¿Qué pasa si el causante no es uno de los padres?

En caso que el niño o adolescente sea heredero de algún pariente o alguien ajeno a la familia, los padres asumen la representación legal. Por tanto, son ellos quienes deciden si aceptan o rechazan la herencia a favor de su hijo.

Si solo uno de los progenitores quiera aceptar dicha herencia se llevaría a cabo un proceso no contencioso para que el juez determine la aceptación o no de la herencia, tomando en cuenta el interés superior del niño, niña o adolescente. Cabe mencionar que el juez tomará en cuenta la opinión del menor si este tuviera más de 16 años.

Hemos visto que la herencia  puede venir con deudas y cargas. En este caso, de conformidad al artículo 448 del Código Civil, tanto para la aceptación como la renuncia de herencia, los padres requieren autorización judicial, .

¿El menor puede administrar los bienes heredados?

De manera general el menor de edad no podría administrar sus bienes pues no tiene aún capacidad de ejercicio plena. No obstante, de acuerdo con el artículo 425 del CC si podría hacerlo. Para tales efectos, en el testamento debe constar que dichos bienes no deben ser administrados por sus progenitores.

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¿Qué sucede si el menor de edad es huérfano?

Sobre el particular, el menor de edad huérfano de ambos progenitores deberá contar con un tutor, con la finalidad que cuide de su persona y bienes, incluidos lo que hubiera adquirido por la herencia.

Es importante indicar que se puede facultar a un tutor, ya sea mediante testamento o escritura pública. 

Sin embargo, si no se ha nombrado un tutor para el menor de edad mediante testamento o escritura pública, surge la figura del tutor legítimo, el cual estará a cargo de los abuelos y demás ascendientes, teniendo prelación el más próximo al más remoto, el más idóneo en igualdad de grado. Además. el juez considerando al consejo de familia, determinará la preferencia.

Bienes heredados

al igual que los herederos mayores de edad, los menores de edad también pueden heredar las deudas del causante, en caso no tenga seguro de desgravamen. Sin embargo, solo pagarán la deuda del causante hasta lo que alcance con los bienes de la herencia.

¿El menor de edad puede vender los bienes?

Conforme a los artículos 447 y 531 del Código Civil, en determinados supuestos el padre sobreviviente o tutor podría vender la herencia del menor previa autorización judicial. 

En síntesis

Un menor de edad sí puede heredar. No obstante, debe contar con una representación legal, ya sea por uno de sus progenitores o por un tutor en caso estos hayan fallecido o perdido la patria potestad.

Igualmente, los representantes únicamente podrán disponer de los bienes del menor con una autorización judicial del juez de familia.

Toma nota
  • Según el artículo 856 del CC, si el concebido es el titular de la masa hereditaria, la condición es que nazca vivo.
  • Los menores de edad no pueden ser desheredados.

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