Recientes esquelas de citación de Sunat. La SUNAT viene notificando a los contribuyentes unas denominadas “Esquelas de Citación”. En dichas esquelas comunica inconsistencias detectadas en el uso del crédito fiscal. La administración Tributaria sustenta la observación en la falta de capacidad operativa, financiera u económica del proveedor.
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1.¿Qué rubros está revisando la SUNAT?
La Administración Tributaria ha notificado esquelas de citación por observaciones al uso del crédito fiscal por comprobantes de pago emitidos por proveedores que no tendrían capacidad operativa, económica o financiera.
El cuestionamiento a la falta de capacidad operativa del proveedor implica una atribución de operaciones no reales contenida en los comprobantes de pago emitidos
2.¿Qué debo hacer si recibo una esquela de citación?
En este caso se debe presentar solamente un descargo por escrito dentro del plazo otorgado en la esquela de citación. Para tal efecto, se debe señalar los fundamentos correspondientes y adjuntando la documentación sustentatoria pertinente. Esto significa cuestionar el desconocimiento al uso del crédito fiscal contenido en los comprobantes de pago observados.
Es importante que solicites a tu proveedor documentación interna, contable, comercial o de otra índole que permita complementar la documentación en tu poder. De esta manera, demostrarás la fehaciencia de la adquisición de bienes y servicios.
Asimismo, debes sustentar el cumplimiento de todos los requisitos previstos en los artículos 18° y 19° de la Ley del IGV. Como hemos visto dichas normas habilitan el derecho y uso al crédito fiscal contenido en los comprobantes de pago emitidos por los proveedores observados.
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3.Toma nota
- Según lo dispuesto en el artículo 62° y siguientes del Código Tributario, la Administración Tributaria se encuentra facultada a emitir actos administrativos en ejercicio de su facultad de verificación, fiscalización y control de obligaciones tributarias.
- Sin embargo, no esta facultada a reparar o cuestionar el uso del crédito fiscal en una acción de verificación sustentada en una esquela de citación, toda vez que el reparo o acotación al crédito fiscal por falta de fehaciencia o acreditación de las operaciones, corresponde ser efectuado en un procedimiento de fiscalización tributaria.
- Debes consignar en el escrito de descargos a la esquela de citación los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten la correcta deducción del crédito fiscal durante el periodo observado.
- Entre los fundamentos de derecho, la vigencia del Decreto Legislativo N° 1532, aplicable para comprobantes de pago emitidos a partir del 20 de marzo de 2022.
- Cabe reiterar la importancia de adjuntar toda la documentación sustentatoria necesaria que permita acreditar la fehaciencia de las adquisiciones efectuadas a los proveedores observados.
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