Nuevas condiciones para alquilar inmuebles a extranjeros

El Congreso de la República aprobó ley sobre condiciones para alquilar inmuebles a extranjeros. Así, explicamos que qué documento deberá presentar un extrajero para alquilar una vivienda en Perú. Cabe manifestar que los cambios de esta norma recaen también sobre aquellos que brindan servicios de hospedaje en el país.

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Ley N° 31689

El Congreso publicó la Ley N° 31689 que modifica varios artículos del Decreto Legislativo de Migraciones 1350. Sobre el particular, el principal cambio recae en aquellos que brindan servicios de hospedaje o alquiler de vivienda a extranjeros.

En tal sentido la norma obliga a los arrendadores de inmuebles a exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien se realice un contrato.

Asimismo, se establece la obligación al arrendador de informar sobre dicho contrato a la Superintendencia Nacional de Migraciones mediante sus plataformas digitales.

Finalidad de la Ley N° 31689

La finalidad de esta norma sería incentivar la regularización y formalización de la situación migratoria de los extranjeros en el país. Igualmente, mantener una base de datos real y actualizada de los extranjeros en el territorio peruano a fin de tener un mayor control migratorio.

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Multa

La norma dispone que brindar alojamiento sin registrar la nacionalidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos completos, así como el número de documento de identidad o de viaje será considerado como conducta infractoria del titular del hospedaje. Además, no remitir a Migraciones el registro o información que hemos mencionado líneas arriba, también se considera una infracción. Por tanto, serán sujetos de multa.

Reglamento

Se requiere la adecuación del Reglamento del Decreto Legislativo 1350, a fin de verificar los alcances. Por ejemplo, cuál será el procedimiento que los arrendadores deberán para el registro de los contratos de arrendamiento. Dicha adecuación se debe realizar en un plazo no mayor de treinta días calendario contados desde el día 15 de febrero de 2023.

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Toma nota
  • Quienes arrienden un inmueble a un extranjero deberán exigir que este presente un documento que acredite su situación migratoria. 
  • Ello deberá de informarse a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
  • Se multará a quienes no cumplan lo dispuesto por la ley en mención.

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1 comentario en “Nuevas condiciones para alquilar inmuebles a extranjeros”

  1. Buenas noches. Dos consultas
    A. La cónyuge no tiene ningún documento que acredite su situación de extranjera.
    B. Qué documentos se debe exigir / solicitar al inquilino extranjero.

    Gracias

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