Al incorporarse esa fecha el último grupo de mypes a la emisión electrónica, desde el 1 junio del presente año, los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) reemplazarán definitivamente a las facturas, boletas de venta y demás comprobantes impresos. Así, de conformidad a la Resolución de Superintendencia N° 128-2021/Sunat, a partir de mañana, miércoles 1 de junio, todas las empresas del grupo con ingresos menores a 23 UIT (S/ 105,800) deberán facturar y/o emitir boletas de venta de forma electrónica.
Proceso de masificación de CPE
Penalidad
De acuerdo a lo estipulado por el Código Tributario, la multa por no emitir comprobantes de pago electrónicos puede equivaler al 50% de 1 UIT (S/ 2,300) y llegar hasta las 2 UIT (S/ 9,200). Cabe mencionar que si la infracción es reiterada se aplicará el cierre de la empresa.
Ventajas
Convertirse en emisores de CPE permitirá a este grupo de mypes acceder a una serie de ventajas y beneficios de las que hoy gozan las medianas y grandes empresas. Dichas ventajas incluye ahorro de costos, mejora en la gestión, acceso a una nueva fuente de financiamiento, entre otros.
Asimismo, la facturación electrónica economiza recursos en impresión, archivo y envío de facturas a los clientes. También optimiza la gestión interna del negocio, facilitando la contabilidad y la integración con mecanismos electrónicos de pago.
Igualmente, otra gran ventaja es que brinda seguridad al impedir la manipulación y la pérdida de los documentos. Así como acceder a una nueva fuente de financiamiento a través del uso de la factura negociable electrónica o factoring, en caso de ventas al crédito.
Certificado Digital Tributario
Cabe mencionar que la Sunat tiene a disposición de los emisores de comprobantes de pago electrónicos, aplicaciones gratuitas de emisión electrónica, tanto en su portal institucional, como en aplicaciones móviles.
Por último, los contribuyentes pueden obtener de manera gratuita, el Certificado Digital Tributario. Dicho documento es una credencial electrónica indispensable para emitir CPE desde los Sistemas del Contribuyente, el Facturador SUNAT o un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).
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